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Ayudas por Incapacidad profesional transitoria y parto

Ayudas IPT

Beneficiarios y requisitos :

- Colegiado ejerciente con al menos dos años de antigüedad, con residencia en Madrid y al corriente de pago en las cuotas colegiales.
- Dedicación exclusiva al ejercicio de la profesión, sin más remuneración que sus honorarios profesionales.
- Incompatible con cualquier otra cobertura de incapacidad..
- No percibir ayuda económica por enfermedad, accidente o intervención, y si se percibiera con posterioridad, se reembolsará a la Fundación la ayuda entregada por ésta.
- Presentar la documentación en un plazo no superior a 15 días desde la fecha de la incapacidad.

- Informe médico que acredite la situación de Incapacidad Profesional Transitoria Absoluta
- Informe de vida profesional de la seguridad social o de la Mutualidad de la Abogacía.
- Impreso de solicitud de ayuda, con declaración jurada
- Modelo 145 IRPF

Solicitud:

- Aportar la documentación requerida.
- Presentarlo en la Fundación dentro del plazo de 15 días mencionado:

- en el Registro General del Colegio
- por correo certificado
- por fax
- por correo electrónico a nuestra dirección prestacionesasist@icam.es

  
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