Colegio de Abogados de Madrid

Ayudas a la dependencia

Ayudas a la Dependencia

¿Quién puede solicitar las ayudas?


Colegiado con 25 años de antigüedad en el Colegio de Abogados de Madrid, de los cuales los últimos cinco deben ser anteriores a la solicitud, o tenga un pariente integrado en su unidad familiar (cónyuge no separado, pareja de hecho inscrita en el registro correspondiente e hijos por naturaleza o por adopción). Cuando alguno de los componentes de la unidad familiar se encuentre en situación de dependencia.


La Fundación Cortina concede ayudas en forma de prestación económica a aquellos que reúnan las condiciones establecidas en las bases de la convocatoria, tales como:


- Estar al corriente en el pago de las cuotas colegiales.
- No se tendrán en cuenta el requisito de 25 años de antigüedad en el caso de que el beneficiario de la prestación sea hijo menor de edad del colegiado y el nacimiento se haya producido tras su colegiación.
- Tener reconocida la situación de dependencia por el órgano de la administración correspondiente o estar en situación de que se le reconozca.

La cuantía de estas ayudas será de un porcentaje sobre el coste real de la prestación según el nivel de ingresos, con un máximo de 465 euros mensuales.


¿Cómo se solicitan?:

Cumplimentando el impreso de solicitud

- Disponible en la web del Colegio de Abogados de Madrid www.icam.es
- Solicitándolo por correo electrónico a prestacionesasist@icam.es

Presentación:

En el Registro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.

  
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