Colegio de Abogados de Madrid

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Seguro de Responsabilidad Civil

Aon

Indice

Seguro de Responsabilidad Civil Profesional

Protegerse ante las posibles reclamaciones en el ejercicio de la Abogacía es imprescindible.

Por esta razón el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid cuenta con un seguro de Responsabilidad Civil Profesional para todos sus colegiados. Esta póliza contratada con la compañía Caser a través de Aon, es gratuita por el solo hecho de pertenecer a nuestro Colegio y te cubre hasta un límite de indemnización de 18.000 € (con una franquicia de 1000 €).

Dado que las reclamaciones están creciendo y que algunas actividades de nuestra profesión conllevan mayor riesgo, puedes aumentar tu protección incrementando el límite de indemnización de tu póliza suscribiendo a través de esta página una cobertura complementaria.

Boletín de ampliación del SRC

De este modo te proteges eficazmente ante los posibles errores que pudieras cometer en el ejercicio de tu profesión.

En esta página encontrarás toda la información relativa a la póliza de Responsabilidad Civil Profesional así como una guía práctica sobre cómo actuar en caso de reclamación. También puedes descargarte el condicionado completo o contratar on line la opción complementaria que más te convenga

Para cualquier información adicional contacta con Aon en el teléfono 91 577 38 28 o en el 902 15 78 74 .

 

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¿Qué cubre el seguro?

  • La garantía principal es la cobertura de Responsabilidad Civil Profesional en la que pudieras incurrir por errores involuntarios en el ejercicio de tu profesión.

    Se cubre los daños patrimoniales primarios, es decir, los perjuicios patrimoniales que sufran los clientes o terceros como consecuencia del error profesional y que impliquen un perjuicio para ellos.

  • Garantías adicionales:

    • Responsabilidad Civil Patronal derivada de la actividad
    • Responsabilidad Civil Patronal derivada de accidentes de trabajo (sublímite 18.000 €).
    • Responsabilidad Civil Locativa de un inmueble alquilado
    • Responsabilidad Civil derivada de la ley Concursal.
    • Responsabilidad Civil derivada del Asesoramiento jurídico inmobiliario y administración de fincas.
    • Responsabilidad jurídica y finanzas: Tu póliza te asegura los gastos de defensa por el profesional que tú elijas hasta un límite de 6.010 €.
  • Delimitación temporal de la póliza: Reclamaciones presentadas por abogados colegiados durante la vigencia de la póliza por errores cubiertos en la póliza. En ningún caso están cubiertas las reclamaciones que tengan su fundamento en un error cometido con anterioridad a 01/06/1993-.

  • Delimitación geográfica: España

    Se cubre el ejercicio de la abogacía por los asegurados en cualquier punto de España aunque la actuación que origine la responsabilidad del letrado depende de otro Colegio, salvo que disponga de otra póliza en el territorio donde se cometió el error.

  • Aseguradora: Caser Seguros.

  • Corredor: Aon.

 

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¿Quiénes están asegurados?

  • Los abogados en ejercicio colegiados en el Ilustre Colegio de Madrid.

  • Los abogados que habiendo estado colegiados durante la vigencia del seguro causen baja siempre y cuando el hecho generador de la reclamación se hubiera producido ostentando la condición de colegiado.

  • Las sociedades de abogados y despacho profesionales ( sea cual fuere su forma jurídica), formadas íntegramente por abogados colegiados en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.

  • Becarios y personal dependiente, herederos.

  • Si en tu despacho colaboran profesionales de otro sector, necesitas un límite diferente o deseas contratar coberturas específicas para el mismo, puedes contratar un seguro para las necesidades concretas de tu despacho.

 

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Límites: Cómo contratar la ampliación de coberturas básicas y reducir franquicias

  • Límite de la póliza básica: de todos los abogados colegiados: 18.000 € (franquicia 1.000 €) .
  • Opciones de ampliación de límites:
    Opción
    Suma Asegurada
    Coste Total
    Opción A
    Opción B
    Opción C
    300.000 €
    450.000 €
    900.000 €
    352,88 €
    457,75 €
    747,19 €
    Opciones en exceso de límite y prima OPCIÓN C
    Opción D
    Opción E
    Opción F
    2.000.000 €
    3.000.000 €
    4.000.000 €
    358,61 €
    634,46 €
    678,99 €
    Franquicias : Cómo elminarlas
    • La franquicia de la capa básica para todos los colegiados es de 1.000 €
    • Si quieres reducir o eliminar dicha franquicia, puedes hacerlo contratando capas superiores:
      Opción A (límite 300.000 €)
      Opción B (límite 450.000 €)
      Opción C (límite 900.000 €
      Reducción a 750 €
      Reducción a 500 €
      Sin franquicia

      Para contratar la cobertura de ampliación de tu seguro básico tienes diferentes opciones:

      • Descargar aquí el boletín de adhesión, cumpliméntalo y envíalo debidamente firmado y escaneado a cualquiera de las siguientes direcciones de correo electrónico de Aon: colegios@aon.es o aonservices@icam.es
      • Contacta con Aon en el teléfono número 902 15 78 74 o por fax a través del número 902 36 12 26 y te remitiremos el boletín a la dirección que nos indiques para que una vez rellenado, nos lo envíes por correo ordinario a la C/ Rosario Pino, 14-16 (28020) Madrid.
      • Dirígete a la sede Colegio (Área de seguros en horario 9:00 a 14:00 en la C/ Serrano nڠ11 o a través del teléfono: 91 577 38 28

 

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Ventajas Nuevos colegiados

Si eres nuevo colegiado, el Colegio de Abogados de Madrid te ofrece de manera totalmente gratuita durante el primer año de colegiación la ampliación de cobertura de tu seguro de Responsabilidad Civil Profesional hasta un límite de 300.000 €. Además, te ofrece un 50% de descuento en la prima correspondiente al segundo año.

Si quieres disfrutar de esta ventaja descárgate ahora el boletín y envíanoslo.

 

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Cómo actuar en caso de reclamación

  • Comunica el siniestro lo más rápidamente posible a la Secretaría Técnica del Colegio (teléfono: 91 435 78 10, mail: secretec@icam.es).
  • Cumplimenta la hoja-cuestionario de declaración de siniestro, acompañada de la reclamación, si la hubiera (judicial o extrajudicial).

    Es muy importante que:

    • Rellenes de manera completa y correcta todos los campos de información solicitados.
    • Facilites todos los antecedentes, así como cualquier otro dato que pudiera ser de interés.
    • Nos aportes tu opinión, lo más precisa posible sobre la reclamación presentada.
  • Realiza cuantas acciones estén en tu mano para aminorar el riesgo o en su caso las consecuencias negativas del siniestro.
  • No reconozcas ni asumas responsabilidad alguna frente a terceros.
  • No olvides que el siniestro que declares puede ser:

    • a) Con reclamación: Existe una reclamación formal del tercero perjudicado (Judicial o extrajudicial).
      Si se trata de una demanda, te aconsejamos que te pongas en contacto directamente con la asesoría jurídica de Aon a través del número de teléfono 902 15 78 74 para coordinar con la aseguradora y cumplimentar los plazos procesales con la mayor agilidad posible.
    • b) Sin reclamación: Se tiene conocimiento de un error pero todavía no se ha producido una reclamación propiamente dicha. El parte se da "ad cautelam", en previsión de esa potencial reclamación.

 

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Preguntas frecuentes

  • ¿Qué cubre el seguro?

    El seguro cubre la Responsabilidad Civil extracontractual que pueda derivarse para los abogados asegurados en el ejercicio de su profesión, conforme a la normativa legal vigente, por los daños y perjuicios causados involuntariamente a sus clientes o terceros por hechos que se deriven de errores profesionales.

    Dicha cobertura se extiende a los despachos de abogados formados exclusivamente por letrados siempre que el daño o perjuicio tenga su origen en un error cometido por un abogado asegurado.

    En concreto el seguro cubre:
    • La actuación profesional del abogado en sentido amplio.
    • Pago de indemnizaciones a que dé lugar la responsabilidad del abogado hasta el límite asegurado.
    • Gastos de defensa y fianzas con los límites establecidos en póliza.
  • ¿Está cubierta la actividad concursal?

    La póliza cubre las responsabilidades derivadas de la Ley Concursal hasta el límite de la suma asegurada.

  • ¿Cuál es el ámbito de cobertura geográfica?

    La cobertura de la póliza se extiende a todo el territorio español así como a los países miembros de la Comunidad Europea.

  • ¿Qué es la franquicia?

    Es la cantidad, expresamente pactada, que se deducirá de la indemnización correspondiente a cada siniestro, que es asumida por el asegurado. La aseguradora indemniza los siniestros hasta el límite de la suma asegurada, y siempre en exceso de las cantidades por encima de la franquicia.

    La franquicia de la capa básica (18.000 €) contratada por el colegio tiene una franquicia de 1.000 €.

    Puedes reducir o eliminar completamente la franquicia contratando alguna de las opciones que te presentamos. Por ejemplo, con la contratación de la segunda capa (opción A) se reduce a 750 € y, a partir de la opción B, desaparece por completo.

  • ¿Cuándo entra en vigor la cobertura complementaria?

    La póliza ampliada toma efecto el día 1 del mes en curso en el que se ha solicitado y tiene validez hasta la fecha de vencimiento. Esta fecha es fija (el 1 de Junio, fecha en la que se renueva la póliza básica otorgada por el Colegio) y es entonces cuando se renueva de manera anual la póliza de ampliación.

    Por lo demás, puedes ampliar la cobertura de tu seguro en cualquier fecha del año, momento en el que recibirás en tu domicilio un Certificado Individual de Seguro donde se especificará la cobertura.

  • ¿Me cubre si me reclaman por daños anteriores a la entrada en vigor de la póliza?

    Se cubren las reclamaciones presentadas por primera vez contra el asegurado durante la vigencia de la póliza (siempre que el error sea posterior a la incorporación al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid) por errores cometidos con posterioridad al 1 de Junio de 1993, salvo que el asegurado conociera o pudiera razonablemente haber conocido la reclamación antes de la fecha de efecto de la póliza.

  • ¿Es posible fraccionar el pago de la prima?

    No, el pago de la prima es único y no puede fraccionarse.

  • ¿Y si tengo alguna duda?

    Para cualquier consulta de coberturas o de siniestros, así como acerca de la tramitación de los mismo, ponte en contacto con el Colegio (en horario de 9:00 a 14:00 h) a través del 91 577 38 28 ó bien con el Departamento de Colegios Profesionales de Aon llamando al 902 15 78 75.

    Para consultas sobre gestión de la póliza puedes contactar igualmente con el Colegio en el teléfono indicado o con Aon en el número 902 15 78 74.

 

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